Suspenden temporalmente exportación de materiales de construcción hasta el 31 de diciembre

Por Elina Vásquez

El decreto establece que la decisión busca garantizar el abastecimiento, la disponibilidad y el acceso a estos insumos en el mercado nacional para avanzar en el plan de reconstrucción y reparación

Suspenden temporalmente exportación de materiales de construcción hasta el 31 de diciembre.- Por Decreto Presidencial Nº 5.376, publicado en Gaceta Oficial Nº 43.409, de fecha 6 de julio de 2026, se suspende temporalmente la exportación de materiales e insumos para la construcción destinados a atender los efectos causados por los eventos sísmicos del 24 de junio de 2026.

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La normativa destacó que se asigna a las subpartidas arancelarias correspondientes el Régimen Legal 1 (Exportación Prohibida) modificando el Arancel de Aduanas vigente, y se delega en el ministro o ministra con competencia en materia de economía y finanzas la facultad para modificar los códigos arancelarios y apéndices del decreto, cuya vigencia regirá hasta el 31 de diciembre de 2026.

Agregó que las prohibiciones de exportación establecidas en el decreto aplicarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela hasta el 31 de diciembre de 2026.

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